Gestión de incidencias en la prestación del Servicio de Colaboración de las Entidades Financieras en la Gestión Recaudatoria del Gobierno de Cantabria.
Consejería:
Consejería de Economía y Hacienda
Dirección General:
Direccion de la Agencia Cantabra de Administración Tributaria
Descripción:
Gestión de los requerimientos de ingresos y de las incidencias en la prestación del servicio de colaboración de entidades financieras de la gestión recaudatoria del Gobierno de Cantabria, tanto en las anotaciones en las cuentas registradas como en las operaciones de ingresos en la cuenta general de ingresos.
Tipo de Inicio:
Interesado / De oficio
Tipo procedimiento:
Sugerencias, quejas, denuncias e información a los ciudadanos
Tipo de destinatario:
Empresas
Documentación:
n/a
Tasa/Precio público:
No
Lugar presentación :
A través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm) utilizando los sistemas de firma electrónica admitidos, o por cualquiera de los medios electrónicos autorizados conforme a lo establecido en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Ingresos Presupuestarios. / Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 27 de diciembre de 1999, por la que se regula la prestación del Servicio de Colaboración de las Entidades Financieras en la Gestión Recaudatoria del Gobierno de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Dirección de la ACAT. / Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 27 de diciembre de 1999, por la que se regula la prestación del Servicio de Colaboración de las Entidades Financieras en la Gestión Recaudatoria del Gobierno de Cantabria.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Caducidad
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
De Alzada ante el/la titular de la Consejería competente en materia de Economía y Hacienda. / 1 mes. / Titular de la Consejería competente en materia de Economía y Hacienda.
Normativa:
Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 27 de diciembre de 1999, por la que se regula la prestación del Servicio de Colaboración de las Entidades Financieras en la Gestión Recaudatoria del Gobierno de Cantabria.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
Fecha de IPSC (interno):
11 de noviembre del 2022
18029207