Orden SAN/18/2013
Descripción:
Orden SAN/18/2013, de 8 de julio, por la que se convoca una beca de formación para Licenciados en Derecho en la Secretaría General de Sanidad y Servicios Sociales.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 138
Fecha BOC: 19/07/2013
Fecha inicio plazo presentación:
20/07/2013
Fecha finalización plazo presentación:
08/08/2013
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de la beca prevista en la presente Orden las personas que reúnan los siguientes requisitos:
- Encontrarse empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- No disfrutar de ninguna otra beca o ayuda de naturaleza análoga procedente de cualquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, durante el período de duración de las convocadas por la presente Orden.
- No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario.
- Estar en posesión del título de licenciado en Derecho en la fecha de publicación de la presente convocatoria y haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del mismo en los cinco últimos años.
- No estar incurso en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria.
- No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años.
Período beca:
La beca durará hasta el 31 de diciembre de 2013.
A la vista del informe del tutor y con carácter excepcional, la Secretaria General de Sanidad y Servicios Sociales podrá proponer la prórroga de la beca por un período máximo de doce meses a la Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, quien podrá acordarla, condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente, en las mismas condiciones en que se concedió la beca originaria.
Cuantía:
La dotación de la beca será de 800 euros brutos mensuales.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Fotocopia del D.N.I.
- Certificado de empadronamiento en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Certificación del expediente académico con calificaciones, o copia compulsada de la misma.
- Fotocopia compulsada del título correspondiente, o en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición.
- Certificaciones o copias compulsadas de los documentos acreditativos de todos y cada uno de los méritos alegados.
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, así como estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social o de cualquier otro ingreso de derecho público.
- Declaración responsable de no haber sido beneficiario de otra beca en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria ó en cualquier otra Administración Pública durante un periodo de dos o más años.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro Auxiliar de la Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
Teléfono: 942 20 76 71
Obligaciones:
El adjudicatario de la beca, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones reconocidas en el artículo 13 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, por el solo hecho de solicitar la beca, se compromete a aceptar el contenido de esta convocatoria y a cumplir las siguientes obligaciones:
- Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino dentro del plazo de 10 días naturales a partir de la notificación de la concesión. De no cumplirse esta obligación en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, concediéndose al suplente que figure en primer lugar.
- Cumplir las bases de la presente convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.
- Aceptar el reglamento y normas de régimen interno del centro donde realice la formación.
- Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas.
- Asistir a los cursos de formación que se estimen oportunos.
- Cumplir el horario de asistencia.
- Facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa de protección de datos.