Comunicación y puesta en servicio de instalaciones de almacenamiento y/o distribución de gases licuados del petróleo (GLP)
Consejería:
Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio
Dirección General:
Dirección General de Industria Energía y Minas
Descripción:
Comunicación y puesta en servicio de instalaciones de almacenamiento y/o distribución de gases licuados del petróleo (GLP) que no requieran autorización administrativa para su construcción. Y de instalaciones de distribución de GLP envasado sujetas a la ITC ICG 02 del Real Decreto 919/2006 de 28 de julio.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Impresos:
No hay modelos
Requisitos:
Presentar toda la documentación requerida para la comunicación según las ITCs ICGs 02 y 03, según proceda, del R.D 919/2006 de 28 de julio, con carácter previo a la fecha del primer llenado del depósito.
Documentación:
Certificado de la instalación del depósito, proyecto o memoria técnica, justificante de pago de tasa, CFO en su caso, contrato de mantenimiento de la instalación, certificado de la instalación receptora de gas propano, en su caso y certificado de inspección emitido por un Organismo de Control OCA
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Todo el año.
Lugar presentación :
Registro del Servicio de Energía, C/ Albert Einstein, nº2, 39011 - Santander, o en cualquiera de los lugares a los que se hace referencia en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como a través de la página web del Registro Electrónico Común https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de energía / Decreto 58/2007, de 17 de mayo, de modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (BOC de 31 de mayo).
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director General de Industria, Energía y Minas / Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de trabajo e industria (BOC de 3 de octubre).
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Positivo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de alzada / 1 mes si fuera expreso, en cualquier momento si no lo es / Consejero de Innovación, Industria, Transporte y Comercio
Normativa:
Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11. // Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos // Ley de 21/1992, de 16 de julio, de Industria
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Fecha de IPSC (interno):
13 de agosto del 2020
3781425