Elaboración del Plan Director de Instalaciones Deportivas de Cantabria.
Consejería:
Consejería de Universidades Igualdad Cultura y Deporte
Dirección General:
Dirección General Deporte
Descripción:
Elaborar un Plan Director de Instalaciones Deportivas de Cantabria como instrumento de planificación y ordenación para atender las necesidades de la población en materia de instalaciones deportivas.
Tipo de Inicio:
De oficio
Tipo procedimiento:
Otros
Tipo de destinatario:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Requisitos:
Requisitos materiales: el Plan Director de Instalaciones Deportivas de Cantabria definirá las necesidades existentes en la Comunidad Autónoma,y planificará en su ámbito territorial una infraestructura básica, suficiente y racionalmente distribuida, a ejecutar durante la vigencia del Plan (seis años); el Plan tendrá el contenido mínimo previsto en el artículo 52.3 de la Ley de Cantabria 2/2000.
Documentación:
Las Entidades Locales y demás entidades públicas, así como las Federaciones Deportivas Cántabras, deberán facilitar a la Administración autonómica la información / documentación necesaria para redactar el Plan Director.
Tasa/Precio público:
No
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Deporte. Servicio de Deporte / Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC nº 134, de 11 de julio de 2000) y Decreto 72/2002, de 20 de junio, de desarrollo general de la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC 11 de julio de 2002).
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Consejo de Gobierno de Cantabria / Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC nº 134, de 11 de julio de 2000) y Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Caducidad
Via administrativa:
Agota la vía administrativa
Recursos:
Recurso potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo / 1 mes para el recurso potestativo de reposición y 2 meses para el contencioso-administrativo. / El recurso potestativo de reposición lo resuelve el Consejo de Gobierno de Cantabria.
Normativa:
Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC 11 de julio de 2000).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Fecha de IPSC (interno):
16 de septiembre del 2019
3785088