Autorización sanitaria de clausura de cementerio y traslado total o parcial de restos.
Consejería:
Consejería de Sanidad
Dirección General:
Dirección General Salud Pública
Descripción:
Autorización sanitaria de clausura de cementerio y posterior traslado, total o parcial de restos.
Tipo de Inicio:
Interesado
Impresos:
Solicitud del interesado/a.
Requisitos:
Cumplimiento de requisitos recogidos en el Decreto 1/1994, de 18 de enero y demás normativa aplicable en materia de policia sanitaria mortuoria.
Documentación:
Presentación de la solicitud en el ayuntamiento donde radique el cementerio. Para traslado de restos, solicitud a la Dirección General de Salud Pública.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Salud Pública / Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Salud Pública. / Decreto 1/1994, de 18 de enero, de Reglamento de Policia Sanitaria Mortuoria (artículo 71).
Plazo de resolución:
Tres meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Desestimatorio.
Via administrativa:
No agota la vía Administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Sanidad.
Normativa:
Decreto 1/1994 de 18 de enero, de Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Fecha de IPSC (interno):
27 de febrero del 2007
3786070