Autorización y homologación de bancos de semen.
Consejería:
Consejería de Sanidad
Dirección General:
Dirección General Ordenación Farmacia e Inspección
Descripción:
Autorización y homologación de bancos de semen.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Impresos:
Solicitud y cuestionario normalizado.
Requisitos:
RECURSOS HUMANOS: a) Una persona experta en reproducción humana, que deberá ser médico, con formación y experiencia en crioconservación de semen. Será en todo caso el responsable de las actividades del banco. b) Personal de enfermería. c) Personal auxiliar sanitario. LOCALES: a) Área exclusiva para la recogida de semen con las condiciones adecuadas para garantizar la intimidad. b) Área de almacenamiento y conservación de las muestras. c) Área de almacenamiento y archivo. El área de conservación de muestras, así como la de archivo, deberán estar dotadas de un sistema de protección contra robos. MATERIALES Y ELEMENTOS: a) Disponibilidad de nitrógeno líquido. b) Microscopio. c) Centrífuga. d) Recipientes criogénicos. GARANTÍA DE CONTROLES SANITARIOS: a) En los donantes, los controles sanitarios que normativamente se establezcan. b) En relación a las muestras se establecerán controles del semen antes y después de la congelación que incluirán las siguientes pruebas: 1.- Previo a la congelación, los protocolos de siminograma establecidos en el Real Decreto por el que se establecen los protocolos obligatorios de estudio de los donantes y usuarios relacionados con las técnicas de reproducción humana asistida. 2.- En la muestra, una vez descongelada, la movilidad espermática.
Documentación:
Solicitud, memoria descriptiva y demás documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Lugar presentación :
A través del Registro Electrónico Común (REC), conforme la Ley 39/2015 de 1 de Octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Ordenación, Farmacia e Inspección. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de la Modificación Parcial de la Estructura de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Autorización administrativa: Titular de la consejería en materia de Sanidad. Autorización de funcionamiento: Director/a General de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de la Modificación Parcial de la Estructura de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales. Orden de 21 de abril de 1997, por la que se regula la autorización de centros y servicios sanitarios relacionados con las técnicas de reproducción humana asistida.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Negativo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa, si el acto no fuera expreso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo. / El/la titular de la Consejería competente en materia de Sanidad cuando resuelve el Director/a General de Ordenación y Atención Sanitaria.
Normativa:
Real Decreto 413/1996 de 1 de marzo, por el que se establecen los requisitos técnicos y funcionales precisos para la autorización y homologación de los centros y servicios sanitarios relacionados con las técnicas de reproducción asistida. // Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria. // Orden de 21 de abril de 1997, por la que se regula la autorización de centros y servicios sanitarios relacionados con las técnicas de reproducción humana asistida. // Real decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales de centros, servicios y establecimientos sanitarios. // Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. // Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania o https://saludcantabria.es/index.php?page=registro-de-centros-servicios-y-establecimientos-sanitarios.
Anexos:
- N3-Formulario Solicitud Renovacion Autorizacion de Funcionamiento
- N2-Formulario Solicitud Autorizacion de Funcionamiento
Fecha de IPSC (interno):
24 de mayo del 2022
3786080