Certificado sanitario oficial para la exportación de productos alimenticios.
Consejería:
Consejería de Sanidad
Dirección General:
Dirección General Salud Pública
Descripción:
Expedición de certificado sanitario para la exportación de productos alimenticios.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Certificados
Impresos:
Solicitud normalizada.
Requisitos:
1- Del solicitante: ser operador económico de empresa alimentaria inscrita en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos. 2.- De los productos alimenticios: haber sido producidos, almacenados y distribuidos conforme a la normativa vigente.
Documentación:
- Impreso de solicitud, cumplimentado por duplicado. - Impreso anexo a la solicitud, cumplimentado por duplicado, en el que se indican los datos relativos a la identificación del producto; procedencia del producto; destino del producto; fecha prevista para la expedición de la mercancía. El anexo incluye también una declaración del exportador relativo al cumplimiento de la condiciones de salubridad exigidas en el certificado y a la veracidad de los datos aportados. - Justificante de abono de la tasa correspondiente. - Para productos producidos / envasados en otra comunidad autónoma: certificación sanitaria de la autoridad competente de la comunidad autónoma de origen.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Al menos, tres días hábiles antes de la fecha de exportación de los producos alimenticios.
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Seguridad Alimentaria / Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Jefe/a de Servicio de Seguridad Alimentaria. / Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Plazo de resolución:
Tres meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Desestimatorio.
Via administrativa:
No agota la vía Administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Director/a General de Salud Pública.
Normativa:
Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 12 de mayo de 1993 por el que se establece el certificado sanitario oficial para la exportación de productos alimenticios (B.O.E. 21 de mayo de1993).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Anexos:
Fecha de IPSC (interno):
27 de febrero del 2007
3786624