Comunicación de cierre definitivo de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Consejería:
Consejería de Sanidad
Dirección General:
Dirección General Ordenación Farmacia e Inspección
Descripción:
Comunicación del cierre definitivo del centro, servicio o establecimiento sanitario.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Requisitos:
Los establecidos en el Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria y demás normativa aplicable.
Documentación:
Impreso de comunicación cumplimentado. La comunicación deberá acompañarse de una memoria que incluya una descripción del procedimiento de conservación o eliminación de la documentación clínica y, cuando proceda, de las muestras biológicas humanas generadas durante el funcionamiento del centro, servicio o establecimiento sanitario. Dicha memoria dará prueba, en su caso, de la eliminación segura de las instalaciones y/o materiales emisores de radiaciones ionizantes. La Dirección General competente en materia de autorizaciones sanitarias procederá a efectuar la baja en el Registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios de Cantabria.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Un mes con antelación a la efectividad del cese.
Lugar presentación :
A través del Registro Electrónico Común (REC), conforme la Ley 39/2015 de 1 de Octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Ordenación, Farmacia e Inspección. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de la Modificación Parcial de la Estructura de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de la Modificación Parcial de la Estructura de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales. Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazo de resolución:
No tiene
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
No Tiene
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Normativa:
Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria. // Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. // Orden SAN/48/2018, de 4 de junio, por la que se establecen los requisitos técnico-sanitarios de los centros proveedores de asistencia sanitaria sin internamiento y de los servicios sanitarios integrados enorganizaciones no sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria. // Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. // Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Información al ciudadano:
No se dicta resolución por tratarse de una comunicación, únicamente se acusa recibo de la documentación recibida Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania o https://saludcantabria.es/index.php?page=registro-de-centros-servicios-y-establecimientos-sanitarios.
Anexos:
Fecha de IPSC (interno):
16 de mayo del 2022
3786875