Registro de envasadores y embotelladores de vino y bebidas alcohólicas
Consejería:
Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient
Dirección General:
Dirección General Pesca y Alimentación
Descripción:
Certificado de inscripción en el Registro de nuevas instalaciones, modificaciones y bajas de los envasadores y embotelladores de vino y bebidas alcohólicas ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Tipo de Inicio:
Interesado
Impresos:
Solicitud.
Requisitos:
Estar inscrito en el Registro de Industrias Agroalimentarias, Forestales y Pesqueras de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el sector de industria de elaboración de bebidas.
Documentación:
Solicitud dirigida al Director/a de Pesca y Alimentación y certificado de inscripción en el Registro de Industrias Agroalimentarias, Forestales y Pesqueras de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Todo el año.
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, sito en la Calle Albert Einstein, 2, 39011, Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242, de 18 de diciembre de 2002).
Órgano instructor / Norma atributiva:
Órgano directivo: Dirección General de Pesca y Alimentación. Unidad de dirección y coordinación de las actuaciones de organización y control: Servicio de Industria y Calidad Agroalimentaria / Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca (BOC nº 60, de 27 de marzo de 2000) y Decreto 82/1196, de 9 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria (BOC nº 166, de 19 de agosto de 1996).
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Pesca y Alimentación / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242, de 18 de diciembre de 2002) y Decreto 82/1196, de 9 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria (BOC nº 166, de 19 de agosto de 1996).
Plazo de resolución:
Tres meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Desestimatorios.
Teléfono:
942-207869 // 942-208147
Via administrativa:
No agota la vía Administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
Normativa:
Ley 24/2003, de 10 de julio, de la viña y el vino (BOE nº 165, de 11 de julio de 2003).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Anexos:
Fecha de IPSC (interno):
27 de febrero del 2007
3787517