EUTR y Sistema de diligencia debida
Consejería:
Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient
Dirección General:
Dirección General Biodiversidad Medio Ambiente y Cambio Climático
Descripción:
Remisión a la administración de la Declaración Responsable antes del 31 de marzo y comunicación del Sistema de Diligencia Debida, en su caso.
Tipo de Inicio:
Interesado / De oficio
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Impresos:
Anexo I_Declaración_Responsable-1.xlsx
Requisitos:
Ser agentes 1 y 2 (Propietarios forestales y Rematantes).
Documentación:
Declaración responsable y, en su caso, Sistema de Diligencia Debida
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
En el caso de la Declaración Responsable entre el 1 de enero hasta el 31 de marzo de cada año. En el caso del Sistema de Diligencia Debida según requerimiento de la Administración.
Lugar presentación :
En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Órgano instructor / Norma atributiva:
Director General del Medio Natural / Real Decreto 1088/2015, de 4 de diciembre, para asegurar la legalidad de la comercialización de madera y productos de la madera.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director General del Medio Natural / Real Decreto 1088/2015, de 4 de diciembre, para asegurar la legalidad de la comercialización de madera y productos de la madera y Decreto 3/2016, de 16 de septiembre, por el que se resuelve el conflicto de atribuciones entre la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación y la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, relativo a la determinación de la autoridad competente en Cantabria para la aplicación del Reglamento (UE) número 995/2010, de 20 de octubre.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Caducidad (Forma de iniciación: De oficio). Según normativa aplicable (Forma de iniciación: Interesado).
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
ALZADA / 1 mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio / Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
Normativa:
Real Decreto 1088/2015, de 4 de diciembre, para asegurar la legalidad de la comercialización de madera y productos de la madera // Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes // Decreto 3/2006, de 16 de septiembre, por el que se resuelve el conflicto de atribuciones entre la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación y la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, relativo a la determinación de la autoridad competente en Cantabria para la aplicación del Reglamento (UE) número 995/2010, de 20 de octubre.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
Anexos:
Fecha de IPSC (interno):
16 de julio del 2020
6908158