Subvencion:
Orden CUL/19/2009
Descripción:
Orden CUL/19/2009, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para actividades culturales
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 74
Fecha BOC: 20/04/2009
Fecha inicio plazo presentación:
21/04/2009
Fecha finalización plazo presentación:
08/05/2009
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones todas las asociaciones y fundaciones de carácter cultural, inscritas en el correspondiente Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Cantabria, que se dediquen especialmente a actividades relacionadas con el fomento de las artes y la cultura.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:
a) Proyecto de actividades a realizar/realizadas, haciendo constar respecto a cada una de ellas:
- Denominación
- Objetivos propuestos.
- Desarrollo del proyecto.
- Medios materiales y técnicos para su desarrollo.
- Participantes.
- Calendario.
- Presupuesto detallado del proyecto y/o actividad.
- Plan de financiación del proyecto y/o actividad.
b) Memoria explicativa en la que se relacionen las actividades desarrolladas durante el último año.
c) Declaración relativa a la solicitud y, en su caso, obtención de otras subvenciones y ayudas, públicas o privadas, para las mismas adquisiciones, especificándose las cuantías solicitadas y, en su caso, obtenidas (Anexo II)
d) Documento bancario en el que consten los siguientes datos del beneficiario: razón social, número de identificación fiscal y número de cuenta corriente en la que habrá de ingresarse la subvención que, en su caso, se conceda.
- En el supuesto de que sea la primera vez que se solicita una subvención para esta finalidad o se hayan modificado los datos suministrados con motivo de la convocatoria del año anterior, deberá presentarse asimismo:
a) Documento identificativo en vigor del solicitante y, en su caso, de su representante 0legal (C.I.F./N.I.F.o equivalente).
b) Estatutos de la entidad solicitante, con la diligencia de registro correspondiente.
- La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Cultura para recabar los certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que el solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización, deberá presentar los oportunos certificados junto con su solicitud de subvención.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si, en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Órgano tramitador:
Dirección: C/ Pasaje de Peña 2 - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 74 20