Subvencion:
Orden CUL/27/2009
Descripción:
Orden CUL/27/2009, de 30 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para asociaciones culturales relacionadas con el Patrimonio Cultural de Cantabria.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 100
Fecha BOC: 27/05/2009
Fecha inicio plazo presentación:
28/05/2009
Fecha finalización plazo presentación:
15/06/2009
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que conforme a esta Orden se otorguen, las asociaciones culturales legalmente constituidas como tales y domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria que se dediquen a actividades culturales relacionadas con el estudio, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de Cantabria.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:
a) Proyecto / actividad a realizar, que incluirá como mínimo la siguiente información:
" Denominación.
" Objetivos propuestos.
" Desarrollo del proyecto/programa.
" Medios materiales y técnicos para su desarrollo.
" Participantes.
" Calendario.
" Presupuesto detallado del proyecto y/o actividad.
" Plan de financiación del proyecto y/o actividad.
b) Fotocopia de documento bancario (libreta, recibo, extracto&) donde figuren un número de cuenta corriente y su titular, que habrá de ser el solicitante de la subvención.
En el supuesto de que sea la primera vez que se solicita una subvención para esta finalidad o se hayan modificado los datos suministrados con motivo de la convocatoria del año anterior, deberá presentarse asimismo:
c) Documento identificativo en vigor del solicitante y, en su caso, de su representante legal (C.I.F./N.I.F. o equivalente).
d) Estatutos de la entidad solicitante, con la diligencia de registro correspondiente.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Cultura para recabar los certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que el solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización, deberá presentar los oportunos certificados junto con su solicitud de subvención.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si, en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Órgano tramitador:
Dirección: Pasaje de Peña, 2 - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 74 20