Renovación de la autorización de funcionamiento de depósitos de medicamentos.
Consejería:
Consejería de Sanidad
Dirección General:
Dirección General Ordenación Farmacia e Inspección
Descripción:
Renovar la autorización de funcionamiento del depósito de medicamentos en centros y servicios sanitarios, centros públicos de Atención Primaria, centros Hospitalarios, centros Socio-Sanitarios y Penitenciarios.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Requisitos:
El depósito de medicamentos estará bajo la supervisión y control de un farmacéutico.
Documentación:
1. Solicitud firmada electrónicamente por la persona física o jurídica que ostente la titularidad del centro, dirigida a la Dirección General de Ordenación, Farmacia e Inspección, de la Consejería de Sanidad, en la que conste la identificación completa del Centro, su ubicación y demás datos exigibles de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 2. Datos del Director o responsable médico (nombre y nº de colegiación). 3. Relación de los medicamentos que se manejan en el centro: nombre comercial y/o genérico, con especificación del consumo medio mensual (incluidos, en su caso, los estupefacientes que previsiblemente se vayan a utilizar). 4. Especificación de las actividades del Centro que justifican la necesidad de disponer de dichos medicamentos. 5. Identificación completa de la Oficina de Farmacia o Servicio de Farmacia propuesto para realizar el suministro, supervisión y control de los medicamentos. 6. Declaración firmada electrónicamente por el farmacéutico titular/es de la oficina de farmacia o del Jefe de Servicio de Farmacia, propuesto en la que se haga constar la aceptación de realizar el suministro, supervisión y control del depósito de medicamentos una vez autorizado, así como el compromiso de mantener un registro de los envases suministrados, con indicación del médico prescriptor, centro sanitario, fecha de suministro y lote. 7. Cualquier otra documentación en la que se haya producido alguna modificación respecto a las condiciones de autorización. 8. Justificante de abono de la tasa correspondiente. Supuesto Especial: Autorización de depósito de cualquier medicamento autorizado cuyo principio activo sea Toxina Botulínica tipo A con indicación estética. Documentación de los apartados 1, 4, 5, 6 (este último, referido a cualquier medicamento autorizado cuyo principio activo sea Toxina Botulínica tipo A con indicación estética), 7 y 8.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Todo el año.
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, C/ Federico Vial, 13, 39009, Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Ordenación Sanitaria. / Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Ordenación, Farmacia e Inspección. / Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Negativo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa; si no lo es, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo. / Consejero/a de Sanidad.
Normativa:
Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria // Ley 7/2001 de 19 diciembre de Ordenación Farmacéutica de Cantabria. Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania.
Fecha de IPSC (interno):
20 de agosto del 2020
8644421